A partir de 2017 los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet se cancelarán a través del Buzón Tributario, el emisor deberá de solicitar al receptor la aprobación o rechazo de la cancelación de su Factura Electrónica. Si el receptor no contesta en 72 horas, se considerará como un CFDI cancelado sin aceptación de receptor. En artículos pasados comentamos […]
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